La conservación del medio ambiente ha dado un paso de gigante en Colombia gracias a la regulación de la Ley 2173 de 2021, fortalecida e implementada a través de la Resolución 1491 de 2025 y ajustada por la Resolución 0358 de abril de 2026.
Esta normativa busca promover la restauración ecológica mediante la creación de las Áreas de Vida en todos los municipios del país. En este artículo de blog explicamos que hitos importantes tiene el proyecto y como seleccionar el proveedor indicado.
1. Sembrar en un «Área de Vida» aprobada
El Área de Vida es una zona delimitada y destinada por cada municipio o distrito específicamente para proyectos de restauración ecológica mediante la siembra de árboles nativos. Esto se realiza mediante actos administrativos que son públicos. Por lo tanto, no se puede sembrar en predios que no tengan esta aprobación.
Recuerde que su empresa puede sembrar en cualquier área de vida aprobada en el país.
2. Sembrar en el polígono asignado
Todas las medianas y grandes empresas obligadas a realizar el programa de siembra de árboles, debe solicitar a la secretaria de planeación el espacio geográfico donde sembrara la cantidad de árboles que ha definido en razón al número de empleados.
3. Vivero certificados para la adquisición de las especies vegetales
Las empresas están obligadas a sembrar las especies vegetales, únicamente de viveros certificados por el ICA – Instituto Colombiano Agropecuario. El listado lo puede descargar de su página web.
4. Aprobar el programa de siembra
La empresa debe radicar ante la CAR un documento con la siguiente información: Para que la actividad tenga una adecuada trazabilidad, es necesario contar con información sobre:
a. Identificación del Área o Áreas de Vida que comprenderá el programa de siembra o plantación.
b. Objetivos y alcance del programa de siembra o plantación.