CONOZCA CÓMO DAR CUMPLIMIENTO A OBLIGACIONES PENDIENTES DE VIGENCIAS VENCIDAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LA RESOLUCIÓN 1407 DE 2018.

by Colec

Un plan colectivo no podrá asumir las obligaciones que tiene pendientes un productor de vigencias vencidas o vigencias anteriores al periodo de adhesión. La resolución 1407 de 2018, modificada por la resolución 1342 de 2020, establece en el artículo 4 que: “todos los productores en el territorio nacional deberán formular y presentar ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), implementar y mantener actualizado un plan individual o colectivo de gestión ambiental de residuos de envases y empaques”. Si eres productor existente a 2018 y cumples con los criterios del numeral 1, pero aún no has dado cumplimiento a la resolución 1407 del 2018, modificada por la resolución 1342 de 2020, este blog te interesa.

1. ¿Debes dar cumplimiento a la resolución 1407 de 2018, modificada por la resolución 1342 de 2020?

Si tu empresa cumple con los siguientes criterios debes dar cumplimiento a la resolución 1407 de 2018 de envases y empaques:

  • Fabrica, ensambla o remanufactura bienes para su comercialización en el territorio colombiano, de su propia marca, siempre que se realice en ejercicio de actividad comercial con destino al consumidor final y que estén contenidos en envases y/o empaques
  • Importa bienes para poner en el mercado nacional, con destino al consumidor final contenidos en envases y/o empaques;
  • Pone en el mercado como titular de la marca exhibida en los envases y/o empaques de los diferentes productos;
  • Pone en el mercado envases y/o empaques diseñados para ser usados por una sola vez.

Exceptuando los siguientes casos:

  • Aquellos envases y empaques que correspondan a residuos peligrosos, según lo establecido en la normatividad vigente.
  • Residuos de envases y empaques de madera y fibras textiles o naturales distintas a papel y cartón.
  • Empaques y envases de fármacos y medicamentos.

2. ¿Sabes si tienes obligaciones pendientes de vigencias vencidas?

Si eres un productor existente a 2018 y te aplica la resolución, pero a la fecha NO has implementado un plan individual o un plan colectivo de gestión ambiental de residuos de envases y empaques, esto quiere decir que tienes obligaciones pendientes y puedes ser requerido por la autoridad ambiental por incumplimiento de la norma. Por esto, Recopack hizo una solicitud a ANLA sobre la aclaración de este tema, la cual fue respondida a través del radicado 20245300111041 del 20 de febrero de 2024 y en este blog te presentaremos aspectos importantes que debes tener en cuenta para el cumplimiento.

Obligaciones pendientes: se incluye no solo la meta de aprovechamiento sino las relacionadas con la implementación de los programas de sensibilización al consumidor y en el caso de los productores que tienen la condición de “cobertura nacional” el cumplimiento a dicha cobertura.

3. ¿Un plan colectivo podrá asumir obligaciones pendientes de vigencias vencidas?

un plan colectivo no podrá asumir las obligaciones que tienen pendientes los productores respecto a vigencias anteriores al periodo de adhesión (entiéndase vigencia entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de cada anualidad). Lo anterior, considerando que una vez el productor se adhiere al colectivo, el cumplimiento de sus obligaciones es evaluado bajo la metodología multicriterio, establecida en el artículo 10 de la Resolución 1407 del 26 de julio de 2018; la cual está compuesta por cuatro “criterios de evaluación”, 3 a los que se les asigna una puntuación en cada anualidad y el puntaje mínimo para dar cumplimiento a la metodología corresponde a 110 puntos.

En este sentido, durante una determinada vigencia el productor no podrá cumplir con aspectos como el cubrimiento geográfico, los programas de sensibilización al consumidor final y la investigación aplicada o desarrollo experimental de períodos anteriores al año de adhesión, el único criterio por validar correspondería a “porcentaje de meta de aprovechamiento de residuos de envases y empaques”, no obstante, así se obtuviera el máximo puntaje (100 puntos), el productor no lograría el puntaje mínimo para dar el cumplimiento de la metodología multicriterio.

4. ¿Un productor con obligaciones pendientes de años anteriores se podrá adherir a un plan colectivo?

Los productores con obligaciones pendientes de años anteriores y que se adhieran a un plan colectivo, serán tenidos en cuenta dentro del seguimiento del colectivo a partir del año en que se hace efectiva la adhesión.

5. ¿Cómo puede un productor con vigencias vencidas dar cumplimiento a las obligaciones pendientes?

El productor, únicamente podrá dar cumplimiento a la meta de aprovechamiento de años anteriores mediante la presentación de un plan individual, considerando que las demás obligaciones como cubrimiento geográfico y las inversiones en programas de sensibilización al consumidor, adquirieren el carácter de insubsanables, las cuales podrían ser evaluadas en el marco de la Ley 1333 de 2009.

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